El pasado 19 de abril el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de Ley denominado “Ley de Museos y Sistema Nacional de Museos”.
El mismo parte de las nuevas concepciones de lo que se debe entender por museo; el cual debe ser pensado como un espacio de construcción de ciudadanía. Un lugar de intercambios que se expande en círculos concéntricos desde la investigación de sus fondos patrimoniales hacia otros campos de la actividad cultural.
De esta manera el museo se constituye en un instrumento de producción y de socialización del conocimiento (científico, tecnológico, artístico, antropológico, histórico, etc.), de negociación de identidades colectivas, de inclusión social y de convocatoria pública para la reflexión y el esparcimiento.
En nuestro país, estos aspectos no han sido aún cabalmente integrados a la agenda política, a pesar de que se cuenta con más de 200 museos, en todo el territorio nacional, que presentan una importante riqueza patrimonial, natural y cultural, de referencia local e internacional. Por esto se hace necesaria la creación de algunas líneas rectoras:
Ley de Museos
Surge de las instancias de consulta y trabajo conjunto desarrolladas por el Ministerio de Educación y Cultura y los representantes de las Intendencias Departamentales, en el marco del proyecto Sistema Nacional de Museos. Pretende constituirse en una ley marco que ordene el campo museístico nacional, actuando como referencia en la materia, y creando los procedimientos de actuación y los ámbitos de coordinación y cooperación que promuevan la profesionalización y el fortalecimiento institucional de los museos de la República Oriental del Uruguay.
En su articulado se define que se debe entender por Museo y cuales son sus funciones y cometidos, por su parte se hace lo mismo con las colecciones museográficas.
Consejo de Museos
Órgano consultivo del Ministerio de Educación y Cultura en materia de elaboración de políticas museísticas de alcance nacional que funcionará en la órbita de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura, con 9 miembros.
Sistema Nacional de Museos
Tiene como objetivo promover la coordinación en materia de gestión de los museos de la República Oriental del Uruguay. El Sistema Nacional de Museos a los efectos de una optimización de sus recursos y de una descentralizada y adecuada gestión, estará subdividido en regionales territoriales, de acuerdo a lo que se disponga oportunamente.
Comité Coordinador del Sistema Nacional de Museos
Òrgano coordinador y regulador de las acciones a implementarse en el marco del Sistema Nacional de Museos que funcionará en la órbita de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura” Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura.